Presentación de la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto 57-2008
La Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto 57-2008
- Fue aprobada por el Congreso de la República el 23 de Septiembre del 2008
- Fue sancionada por el Presidente de la República el 22 de Octubre del 2008
- Fue publicada en el Diario Oficial el 23 de Octubre del 2008
- Entró en vigencia el 21 de Abril del 2009
Asimismo tiene como principios:
- Máxima publicidad.
- Transparencia en el manejo y ejecución de los recursos públicos y actos de la administración pública.
- Gratuidad en el acceso a la información pública.
- Sencillez y celeridad de procedimiento.
Entre las obligaciones que tiene cada unidad de Acceso a la información Pública destacan:
1. Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública;
2. Orientar a los interesados en la formulación de solicitudes de información pública;
3. Proporcionar para su consulta la información pública solicitada por los interesados o notificar la negativa de acceso a la misma, razonando dicha negativa;
4. Expedir copia simple o certificada de la información pública solicitada, siempre que se encuentre en los archivos del sujeto obligado;
5. Coordinar, organizar, administrar, custodiar y sistematizar los archivos que contengan la información pública a su cargo, respetando en todo momento la legislación en la materia;
6. Las demás obligaciones que señale esta ley.
Ley de Acceso a la Información Pública en otros idiomas
Capacitaciones dadas en el 2016 a personal de Sede Central de COPREDEH y sus respectivas oficinas regionales.